Donaciones
 

Las Entidades que pueden  recibir donaciones (donatarias) son:

  • el Estado Nacional,
  • los Estados Provinciales y/o Municipales,
  • los Organismos centralizados o descentralizados de éstos,
  • las Asociaciones Civiles, Fundaciones u otras instituciones sin fines de lucro;
  • las Organizaciones religiosas que están inscriptas en la Secretaría de Culto con certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

REQUISITO DE ESTAS DOS ÚLTIMAS: deben encontrarse inscriptas ante la Dirección General Impositiva (DGI) Argentina, dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), siendo necesario tener exención de IVA y Ganancias.

El trámite para realizar donaciones varía según la institución donataria esté o no registrada como importador-exportador ante la aduana argentina y habilitada para operar ante ella: (Seleccionar la opción correspondiente)

A - El donatario está habilitado para operar ante la aduana argentina y desea gestionar la donación ante ella y los distintos organismos de control argentino.

B- El donatario no está habilitado para operar ante la aduana argentina y debe acudir a REDES (Representación Especial para las Acciones de Solidaridad en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto) para que realice los trámites de donación ante la aduana y los distintos organismos de control argentinos.